La Primera Ministra del Reino Unido, Theresa May ha avanzado esta semana la fecha en la que se activará el procedimiento de salida del Reino Unido de la Unión Europea: marzo de 2017. Al mismo tiempo, ha señalado un aspecto que ha pasado inadvertido pero que puede marcar una tendencia en el devenir británico en Europa: quiere restringir la aplicación del Convenio de Roma y la jurisdicción del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, el conocido «Tribunal de Estrasburgo».

Veamos que transcendencia tiene.

De entrada, conviene que recordemos que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos no es un órgano judicial de la Unión Europea, sino del Consejo de Europa. El Consejo de Europa (que no se debe confundir con el Consejo europeo) es una organización creada en 1949, que en la actualidad agrupa a 47 Estados europeos en los que vivimos 820 millones de personas. El Reino Unido se encuentra entre los países fundadores del Consejo de Europa.

El Consejo de Europa tiene un instrumento jurídico básico que es la Convención Europea para la Salvaguardia de los Derechos Fundamentales y las Libertades Públicas, hecho en Roma en 1950, que debe ser aplicado por todos los Tribunales ya autoridades de los Estados miembros y cuya estructura de protección concluye en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

El Reino Unido no ha tenido nunca una relación pacífica con el Tribunal. Han existido algunas condenas en relación con el comportamiento de las fuerzas de seguridad británicas en la lucha contra el IRA; se ha cuestionado algunas decisiones judiciales sobre las condiciones de determinados presos en sus cárceles. Pero en los últimos diez años, se han producido dos resoluciones que han tensado esta relación: la relativa a John Hirst, al que se le restringía el derecho de voto por estar detenido y, más específicamente, la de la sentencia Hassan, que considera que la Convención de Roma se aplica en los casos de conflictos armados. Una situación que hizo declarar al antiguo Primer Ministro, David Cameron, que no había nada que aprender de los jueces de Estrasburgo.

Lo que ahora pretende la Primer Ministra es dejar fuera del ámbito de aplicación del Convenio a los soldados británicos. La razón estriba en las indemnizaciones que están teniendo que asumir como consecuencia de los actos realizados en las misiones desarrolladas en Iraq y, en general en la lucha contra el yihadismo.

Una propuesta tan poco conforme con el sistema de protección que da la sensación que va a ser el primer paso de una salida del Convenio. Porque es claro que la petición británica no es admisible en el marco del Convenio de Roma. Existe la posibilidad de suspensión parcial en los casos de atentados graves contra la seguridad nacional, que es el camino que siguió Turquía después del golpe de Estado y la respuesta de Erdogan o Francia tras los atentados de noviembre de 2015.

Habría que modificarlo con todo el proceloso camino que supondría. Aprobar un Protocolo adicional y que sea ratificado por diez Estados, que sería la forma de dar satisfacción al Reino Unido, le dejaría previsiblemente con el apoyo de la Rusia de Putin o la Turquía de Erdogan. Un coste político que posiblemente no estén en condiciones de asumir. Y de hecho, tampoco serviría para eliminar los problemas que intentan resolver ahora: las demandas como consecuencia de los hechos cometidos en Iraq y Afganistán.

Por eso, puede ser un paso previo a un hecho de mayor transcendencia, pero que sería consecuente con las tradicionales críticas británicas al Tribunal Europeo a las que antes se ha hecho referencia. De hecho, en abril pasado, cuando May era sólo Secretaria de Estado de Interior señaló en el Parlamento que el reino Unido debía salir de la Convención de Derechos Humanos debido a que estaba «atando las manos del Parlamento» y atentando contra la seguridad nacional al impedir las condiciones de expulsión que tenía el Reino Unido entonces.

El camino para la denuncia de la Convención Europea es mucho más sencillo que el de la salida de la Unión Europea. Bastaría una comunicación ante la Secretaría General con un preaviso de seis meses. Sólo se produjo temporalmente en un supuesto: el de la Grecia de los coroneles golpistas. Pero tiene una consecuencia radical: supone la salida del Consejo de Europa. ¿es una solución consecuente con la deriva actual del Reino Unido?